LEY 26-1992 DE ESPAÑA[1]
Con fecha 28 de abril de 1992, el Ministro de Justicia, habilitado al efecto por el Consejo de Ministros, suscribió el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, que ha de regir las relaciones de cooperación del Estado con las Comunidades de confesión musulmana establecidas en España, integradas en dicha Comisión e inscritas en el Registro de Entidades Religiosas.
Artículo 12
1. Los miembros de las Comunidades Islámicas pertenecientes a la «Comisión Islámica de España» que lo deseen, podrán solicitar la interrupción de su trabajo los viernes de cada semana, día de rezo colectivo obligatorio y solemne de los musulmanes, desde las trece treinta hasta las dieciséis treinta horas, así como la conclusión de la jornada laboral una hora antes de la puesta del sol, durante el mes de ayuno (Ramadán).
En ambos casos, será necesario el previo acuerdo entre las partes. Las horas dejadas de trabajar deberán ser recuperadas sin compensación alguna.
2. Las festividades y conmemoraciones que a continuación se expresan, que según la Ley Islámica tienen el carácter de religiosas, podrán sustituir, siempre que medie acuerdo entre las partes, a las establecidas con carácter general por el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.2, con el mismo carácter de retribuidas y no recuperables, a petición de los fieles de las Comunidades Islámicas pertenecientes a la «Comisión Islámica de España»:
- AL HIYRA, correspondiente al 1.º de Muharram, primer día del Año Nuevo Islámico.
- ACHURA, décimo día de Muharram.
- IDU AL-MAULID, corresponde al 12, de Rabiu al Awwal, nacimiento del Profeta.
- AL ISRA WA AL-MI'RAY, corresponde al 27.º de Rayab, fecha del Viaje Nocturno y la Ascensión del Profeta.
- IDU AL-FITR, corresponde a los días 1.º, 2.º y 3.º de Shawwal y celebra la culminación del Ayuno de Ramadán.
- IDU AL-ADHA, corresponde a los días 10.º, 11.º y 12.º de Du Al-Hyyah y celebra el sacrificio protagonizado por el Profeta Abraham.
3. Los alumnos musulmanes que cursen estudios en centros de enseñanza públicos o privados concertados, estarán dispensados de la asistencia a clase y de la celebración de exámenes en el día del viernes durante las horas a que se refiere el número 1 de este artículo y en las festividades y conmemoraciones religiosas anteriormente expresadas, a petición propia o de quienes ejerzan la patria potestad o tutela.
4. Los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas, que hayan de celebrarse en los días a que se refiere el número anterior, serán señalados, para los musulmanes que lo soliciten, en una fecha alternativa, cuando no haya causa motivada que lo impida.
[Ejemplos de petición de festivo: para alumnos / para empleados]
LEY 24.757 DE LA ARGENTINA[2]
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso. etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º
- Declárase día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del "Año Nuevo Musulmán" (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).
Artículo 2º
- Deróganse todas las medidas que se opongan a esta ley.
Artículo 3º
- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso argentino, en Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y seis.
A/RES/52/214[3]
52/214. Plan de conferencias
La Asamblea General,
5. Decide que en adelante las dos fiestas de Id al-Fitr e Id al-Adha se observen como días feriados oficiales de las Naciones Unidas en la Sede, y en otros lugares de destino en su caso, y de que los edificios de las Naciones Unidas en esos lugares permanezcan cerrados al público esos días;
6. Decide también que ninguna de las reuniones de Naciones Unidas tenga lugar el Id al-Fitr y el Id al-Adha, los cuales en 1998 serán el 29 de enero y 7 de abril, respectivamente, y pide al Secretario General que vele por la estricta aplicación de la presente decisión y del párrafo 5 anterior en la preparación de todos los futuros calendarios de proyectos de conferencias y reuniones de las Naciones Unidas;
22 de diciembre de 1997